包含Histórico de Noticias 2023 的内容。

La Comisión Nacional de Disciplina Judicial y la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República, suscribieron la Alianza contra la corrupción

 

La #ComisiónNacionalDeGénero de la Rama Judicial se une a la conmemoración del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, proclamado el #25Nov de 1999 por la Asamblea General de las Naciones Unidas

 

El Tercer Encuentro de la Jurisdicción Disciplinaria se llevará a cabo el 30 de noviembre y el 1 de diciembre en Neiva, la capital del Huila.

 

• El funcionario hizo todo lo posible, pese a las advertencias judiciales, para otorgar el hábeas corpus a un procesado por tráfico de migrantes que se encontraba recluido en Bogotá, cuando no le correspondía por el territorio.

 

En memoria de las víctimas, la @CorteSupremaJ, @CConstitucional, @Consejodeestado, @judicaturacsj y @CNDJ_Col se unen para conmemorar el 38 Aniversario de la Toma y Retoma del Palacio de Justicia. Conéctense en: https://acortar.link/kJhg86

 

La funcionaria judicial conoció y decidió una acción de hábeas corpus para la cual no era competente y, concedió sin fundamento justificado ni soportes razonables, la libertad inmediata del procesado penal Jhon Mario Hortúa Grisales, Alias ‘Pinocho’, quien meses atrás, había sido recapturado.

 

La Corporación determinó que, aunque el quejoso aseguró que el profesional no había ejercido la defensa, es a la Fiscalía General de la Nación a quien le corresponde adelantar la acción penal, no a los defensores de los indiciados.

 

La Corporación explicó que los abogados deben mantener un buen comportamiento y conservar el decoro que rige el ejercicio profesional.

 

Con ese mismo propósito fraudulento, se probó que la disciplinada adelantó el trámite en una ciudad distinta al último domicilio del causante.

 

El Alto Tribunal disciplinario advirtió que la disciplinada no estaba facultada para realizar el saneamiento de unas propiedades adjudicadas al interior de un proceso de insolvencia.

 

El Alto Tribunal disciplinario logró establecer que la falta de diligencia en el proceso o tarea encomendada no le era atribuible al disciplinado.

 

La Corporación destacó que los profesionales del derecho no pueden incurrir en el abuso de las herramientas jurídicas bajo la justificación de defender los intereses del cliente.

 

El disciplinado incurrió en múltiples maniobras para dilatar el normal desarrollo de un proceso y sumado a ello atentó contra la integridad moral de un servidor público

 

En el marco de un proceso ordinario laboral la abogada, que contaba además con reiteradas sanciones disciplinarias, nunca entregó a su cliente cerca de 14 millones de pesos que le fueron reconocidos por su fondo de pensiones.

 

La Corporación confirmó la sanción disciplinaria, al acreditar que el abogado había injuriado y acusado temerariamente a un Fiscal durante el receso de una diligencia, acusaciones que replicó además en la red social Twitter.

 

El disciplinado inhabilitó a un ciudadano para ejercer cargos públicos y en la misma decisión le concedió permiso para trabajar en una entidad del Estado.

 

La Corporación tomó esta decisión para que se revise la omisión de información por parte de la disciplinada y se continúen las diligencias encaminadas a un debido proceso

 

Dentro del proceso disciplinario adelantado por la Corporación quedó demostrado que la conducta de la abogada había sido típica, antijurídica y culpable.

 

La Corporación reiteró la validez probatoria de los correos electrónicos, pantallazos de WhatsApp y mensajes de datos, que en este caso permitieron evidenciar la indiligencia del abogado.

 

La Corporación reiteró la validez probatoria de los correos electrónicos, pantallazos de WhatsApp y mensajes de datos, que en este caso permitieron evidenciar la indiligencia del abogado.