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La Comisión Nacional de Disciplina Judicial absolvió a la funcionaria, quien fue investigada por su presunta actitud descortés hacia un abogado litigante.

 

La Comisión Nacional de Disciplina Judicial suspendió al jurista, quien no pudo justificar su falta en un proceso clave para el orden público en esa región del país.

 

La funcionaria fue denunciada por injuria y calumnia durante la audiencia en la que se decidía la situación jurídica del investigado.

 

Cuando llegaron las audiencias de formulación de acusación, el abogado no apareció, afectando la administración de justicia.

 

El caso llegó a la jurisdicción disciplinaria, que encontró responsable a uno de los profesionales por quitarle el poder a su colega.

 

La Comisión Nacional de Disciplina Judicial comprobó que en mayo de 2023, cuando era requerida su participación en varios procesos, el investigado se encontraba en un club campestre de Ibagué

 

 

Las grabaciones de la diligencia y los testimonios de las funcionarias judiciales que intervinieron en ella fueron determinantes para comprobar la responsabilidad del investigado.

 

La Comisión Nacional de Disciplina Judicial consideró infundados los argumentos del procesado, quien calificó como un montaje el caso en su contra.

 

Según el Concepto Unificado del Impuesto sobre las Ventas N°1 del 25 de junio de 2003 expedido por la DIAN, la persona que adquiere bienes y/o servicios gravados es quien soporta o asume el Impuesto al a Valor Agregado (IVA). En cambio, quien presta el servicio es el responsable del recaudo del impuesto.

 

El funcionario modificó la medida de aseguramiento en centro carcelario y le concedió detención domiciliaria.

 

La Comisión Nacional de Disciplina Judicial suspendió a quien en su momento ejercía como representante legal de la exagente liquidadora del hospital San Francisco de Asís.

 

El jurista había sido suspendido durante 2 meses por otra falta y la Comisión Seccional de Nariño le había impuesto otros 3 por actuar a pesar de la sanción, medida que fue revocada.

 

La transmisión en vivo podrá ser seguida por la página de la Corte Suprema y su Canal de YouTube, se iniciará a las 9:00 a.m. con la entrega de un símbolo de memoria y reconocimiento, y de una ofrenda floral, en honor a las víctimas y a la dignidad de la justicia.

 

La Jurisdicción Disciplinaria declaró prescrita la actuación contra Alex Alberto Fernández y Dilia Inés Barón por vencimiento de términos.

 

Cinco personas fueron capturadas por el crimen, cuatro de las cuales fueron condenadas por la justicia.

 

Debido a la imposibilidad de cobrar con prontitud unos dineros, el jurista no dudó en acusar al deudor y su familia como miembros de una organización criminal.

 

El jurista fue suspendido durante un año y multado con 10 salarios mínimos por el detrimento causado al Estado. 

 

La decisión responde a una impugnación contra la primera instancia. 

 

El jurista, quien fue contratado por el volante Harrison Otálvaro para que tramitara los pagos que le adeudaba el Cúcuta Deportivo, no podrá ejercer el derecho durante 2 años. 

 

El Estado tuvo que reconocer una indemnización de 529 millones de pesos por la muerte del militar, quien fue atacado por la espalda con un disparo de fusil cuando hacía las veces de centinela en una base del Grupo Mecanizado Silva Plazas.