Content met Histórico de Noticias 07 - Julio .

la Sala REVOCÓ PARCIALMENTE la sentencia de primera instancia, mediante la cual sancionó al abogado OVIDIO DE JESÚS GRANADA VILLA con SUSPENSIÓN DE 2 MESES, y 2 SMMLV como autor responsable de las faltas previstas en los artículos 37 numeral 1 y 35 numeral 1, de la Ley 1123 de 2007; para en su lugar ABSOLVER al doctor OVIDIO DE JESÚS GRANADA VILLA de la falta consagrada en el artículo 35 numeral 1° de la Ley 1123 y CONFIRMAR en lo demás.

 

La Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, con ponencia de la Presidenta de la Corporación, Doctora Julia Emma Garzón de Gómez, confirmó la decisión adoptada por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Bolívar, la cual sancionó con censura al jurista Marino Aguilar Baldrich, tras hallarlo responsable de incurrir en la falta descrita en el artículo 32 de la Ley 1123 de 2007

 

La Sala Jurisdiccional Disciplinaria resolvió el conflicto de competencias en el conocimiento de la demanda ordinaria laboral, que a través de apoderado judicial, interpuso un ciudadano contra la Administradora Colombiana de Pensiones - Colpensiones, manifestando que fue víctima de un grupo armado al margen de la Ley, al recibir cinco disparos en un viaje de regreso a su casa en el año 2001. En ese mismo año, le fue diagnosticado por Junta Regional de Calificación de Invalidez de Antioquia, una pérdida de capacidad laboral de un 71.25%.

 

La Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura procedió a resolver nuevamente la apelación interpuesta por la doctora MARÍA DEL PILAR VARGAS MALAVER, quien en su condición de Juez Quinto Civil Municipal de Armenia, fue sancionada en primera instancia con DESTITUCIÓN DEL CARGO E INHABILIDAD GENERAL PARA EL EJERCICIO DE CARGOS PÚBLICOS POR UN TÉRMINO DE DIEZ (10) AÑOS, tras hallarla responsable de realizar actos constitutivos de acoso laboral.

 

La investigación se da debido a la compulsa ordenada por la Sala Penal del H. Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta, a fin de que se examinara disciplinariamente la conducta del doctor Rafael Emilio Manjarrés Bustos, en su calidad de Juez 1o Penal del Circuito de Ciénaga, pues consideró dicha Corporación, en segunda instancia, que el proveído mediante el cual el a quo resolvió la solicitud de preclusión de investigación dentro del referido proceso, tenía carácter de auto interlocutorio y dada esa naturaleza, el recurso de apelación que se pretendía plantear en su contra, debió interponerse a la luz de lo dispuesto en el artículo 90 de la Ley 1395 de 2010, que modificó el artículo 178 de la Ley 906 de 2004, y no como se concedió, al dársele la oportunidad a la agencia fiscal de sustentar la alzada dentro de los cinco (5) días siguientes a su interposición.

 

La Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura lamenta el fallecimiento del magistrado auxiliar de la Corte Suprema de Justicia, doctor Marco Alfredo Morales Vela y le extiende un abrazo solidario a toda su familia, Magistrados y empleados de esa Corporación, deseando que Dios Todopoderoso los fortalezca y les brinde resignación por tan irreparable pérdida.

 

La Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura resolvió el conflicto de competencia entre el Juzgado Sexto Administrativo del Circuito de Cali y el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de Cerrito, Valle, por la demanda de responsabilidad civil extracontractual, contra la Empresa de Energía del Pacífico S.A E.S.P., que se adelantó para obtener la indemnización de carácter patrimonial, luego de los daños ocasionados a los bienes de los demandantes, por la instalación de dos torres eléctricas en su propiedad sin autorización, invadiendo sus predios y violando su derecho a la propiedad privada.

 

La Sala Jurisdiccional Disciplinaria resolvió el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia proferida por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura del Bogotá, mediante la cual sancionó con exclusión en el ejercicio de la profesión al abogado Jaime Smith Ortiz, investigado disciplinariamente.

 

La Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura resolvió revocar la decisión proferida por la Seccional del Tolima, mediante la cual se sancionó con dieciocho meses de suspensión en el ejercicio de la profesión a la abogada María Velandia Cely.

 

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Un conflicto entre el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Riohacha, La Guajira y el Juzgado 46 Administrativo Oral del Circuito de Bogotá, se presentó después del escrito de tutela presentado por una ciudadana en contra del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social de la Presidencia de la República, que solicitaba el amparo de su derecho fundamental al mínimo vital, presuntamente vulnerado por la entidad accionada.

 

Consulte aquí la Circular 008, con las nuevas medidas adoptadas por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura.

 

Como consecuencia de la queja elevada por el señor Ramón Jesurúm, se dictó auto de apertura de investigación disciplinaria contra los doctores Pablo Felipe Robledo Del Castillo, Andrés Bernardo Barreto González y Juan Pablo Herrera Saavedra.