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La Comisión Nacional de Disciplina Judicial consideró infundados los argumentos del procesado, quien calificó como un montaje el caso en su contra.

 

Según el Concepto Unificado del Impuesto sobre las Ventas N°1 del 25 de junio de 2003 expedido por la DIAN, la persona que adquiere bienes y/o servicios gravados es quien soporta o asume el Impuesto al a Valor Agregado (IVA). En cambio, quien presta el servicio es el responsable del recaudo del impuesto.

 

El funcionario modificó la medida de aseguramiento en centro carcelario y le concedió detención domiciliaria.

 

La Comisión Nacional de Disciplina Judicial suspendió a quien en su momento ejercía como representante legal de la exagente liquidadora del hospital San Francisco de Asís.

 

El jurista había sido suspendido durante 2 meses por otra falta y la Comisión Seccional de Nariño le había impuesto otros 3 por actuar a pesar de la sanción, medida que fue revocada.

 

La transmisión en vivo podrá ser seguida por la página de la Corte Suprema y su Canal de YouTube, se iniciará a las 9:00 a.m. con la entrega de un símbolo de memoria y reconocimiento, y de una ofrenda floral, en honor a las víctimas y a la dignidad de la justicia.