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La Corporación confirmó la sanción disciplinaria, al acreditar que el abogado había injuriado y acusado temerariamente a un Fiscal durante el receso de una diligencia, acusaciones que replicó además en la red social Twitter.
El disciplinado inhabilitó a un ciudadano para ejercer cargos públicos y en la misma decisión le concedió permiso para trabajar en una entidad del Estado.
La Corporación tomó esta decisión para que se revise la omisión de información por parte de la disciplinada y se continúen las diligencias encaminadas a un debido proceso
Dentro del proceso disciplinario adelantado por la Corporación quedó demostrado que la conducta de la abogada había sido típica, antijurídica y culpable.
La Corporación reiteró la validez probatoria de los correos electrónicos, pantallazos de WhatsApp y mensajes de datos, que en este caso permitieron evidenciar la indiligencia del abogado.
La Corporación explicó que para declarar disciplinariamente responsable a un funcionario judicial en una acción constitucional se exige revisar circunstancias de justificación endógenas y exógenas especiales.
Los hechos relacionados con violencia de género y que le originaron una sanción al profesional del derecho, se presentaron al interior de un juzgado en el municipio de La Mesa en Cundinamarca.
El próximo 10 de agosto a las 3:00 p.m. lo invitamos a conectarse con la programación del Jueves de la Jurisdicción Disciplinaria y su conversatorio "Mora Judicial" liderado por el Magistrado Mauricio Fernando Rodríguez Tamayo de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial.
El Alto Tribunal disciplinario recordó que se debe sumar el tiempo estipulado y aprobar un curso en el que se incluya “el módulo de rehabilitación de abogados excluidos del ejercicio profesional” que fue diseñado por la Escuela Judicial “Rodrigo Lara Bonilla”.