محتوى ع Histórico de Noticias 09 - Septiembre .

La Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura confirmó la negación en segunda instancia, de una prueba psiquiátrica a abogado disciplinado, asegurando que dicho procedimiento no prestaba ningún servicio para el esclarecimiento de los hechos que son materia de investigación, frente a si el abogado profirió o no, términos peyorativos contra el quejoso, como parte del proceso penal.

 

La Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura decidió dirimir el conflicto de competencia entre el Juzgado Primero Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Facatativá, Cundinamarca y el Cabildo Indígena Muisca de Fonqueta. El asunto se remite al proceso penal que actualmente se adelanta contra Juan Manuel Bojacá Garzón, como presunto autor del delito de actos sexuales con menor de catorce años en concurso homogéneo con circunstancias de agravación punitivas, durante cinco años, con quien sería su ahijada.

 

La Sala Jurisdiccional Disciplinaria se abstuvo de resolver el conflicto negativo de competencia entre el Juzgado Tercero Civil Municipal de Oralidad de Envigado, Antioquia y el Centro de Conciliación “Concertemos”.

 

La Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura suspendió en el ejercicio de la profesión al abogado Mario Alfonso Jiménez Cadavid tras hallarlo disciplinariamente responsable, a título dolo, de la falta contemplada en el Código Disciplinario del Abogado sobre el respeto debido a la administración de justicia y a las autoridades administrativas.

 

La Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura confirmó el proveído adoptado por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de Bogotá, mediante el cual negó la práctica del testimonio solicitado por la defensa de la Doctora Luz Marina Ramírez Guio, Juez 9 Penal del Circuito con función de Conocimiento de Bogotá, en el proceso que se adelanta contra la funcionaria judicial, a quien le correspondía nombrar en propiedad en el cargo de Oficial Mayor a la doctora Ingrid Esperanza Poveda Estepa, conforme a la lista de elegibles enviada por la Presidencia del Consejo Seccional de la Judicatura, sin embargo, la Doctora Ramírez Guio se abstuvo de dar cumplimiento a lo solicitado y le exigió a la Doctora Poveda Estepa, una serie de exámenes médicos y psicológicos no previstos en la convocatoria.